Garantías provisional y definitiva

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tenderyou

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No todos los procedimientos exigen las mismas garantías. La provisional es excepcional; la definitiva ordinaria es el 5 % del precio final ofertado sin IVA, con exenciones, bases especiales y garantías complementarias previstas en la ley.

La provisional se comprueba antes de ofertar

El artículo 106 permite exigirla de forma excepcional y motivada. Su máximo ordinario es el 3 % del presupuesto base sin IVA; acuerdos marco y sistemas dinámicos tienen una base específica. Mira importe, forma y destinatario en el pliego; no transfieras dinero sin comprobar las instrucciones oficiales.

La definitiva llega en la fase de adjudicación

El artículo 107 regula la garantía de quien presenta la mejor oferta, las posibles exenciones y la complementaria. En contratos por precios unitarios la base puede ser el presupuesto base sin IVA, no el precio de una unidad. En la tramitación del artículo 159.6 no se exige definitiva.

Conserva la acreditación

Comprueba con tesorería el medio admitido, la entidad avalista o aseguradora si corresponde, y el justificante que pide el órgano. Anota también cuándo procede reajustar, reponer o solicitar devolución: la garantía no se recupera por el mero hecho de terminar tu trabajo.

Prepara el importe y la acreditación por separado

Primero determina qué garantía se pide y en qué momento. Después identifica su base, el porcentaje y si existe complemento. Solo entonces calcula el importe. Un mismo 5 % produce resultados distintos si se aplica a la oferta global o, en un supuesto de precios unitarios, a la base prevista por la ley y el pliego.

Consulta los medios de constitución admitidos y el órgano depositario. Si eliges aval o seguro de caución, el coste financiero, el texto y el plazo de emisión también importan. Una solicitud enviada al banco no equivale a una garantía constituida ni a su acreditación ante el órgano.

Al aportar el justificante, conserva número de expediente, beneficiario, importe, fecha y documento presentado. Programa una revisión de reposiciones o reajustes si el contrato cambia o se ejecutan penalidades. Para la devolución, identifica el acto y las condiciones que la permiten; no canceles unilateralmente el instrumento porque terminó el servicio.

Ejemplo numérico con límites explícitos

Ejemplo didáctico del supuesto ordinario: una oferta global de 80.000 € sin IVA llevaría una garantía definitiva de 4.000 € si se aplica el 5 % sin complementaria ni exención. Este cálculo no decide que el supuesto ordinario sea aplicable: esa comprobación se hace antes.

En un contrato por precios unitarios, introducir el precio de una hora como si fuera el precio total produciría una cifra errónea. Introduce la base que corresponde al contrato, no el precio de una sola unidad, y consérvala junto al resultado.

Ficha de comprobación

Úsala para ordenar la revisión; cada fila debe poder contrastarse con el expediente.

Datos que debes comprobar

Qué

Revisión

Precaución

Provisional

Antes de ofertar si se exige

Excepcional y motivada

Definitiva

Requerimiento aplicable

Base y porcentaje correctos

Devolución

Condiciones legales y del contrato

No automática al terminar el trabajo

Para seguir

Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes

¿Siempre tengo que aportar el 3 %?

No, la garantía provisional es excepcional y el 3 % es un máximo ordinario, no una tarifa fija.

¿El 5 % incluye IVA?

La base ordinaria excluye IVA; revisa los supuestos específicos del artículo 107.

¿Una hoja de cálculo sustituye el pliego?

No. El cálculo debe partir del tipo de garantía y la base correcta del expediente.

Fuentes

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